Contraloría General de la República · N° 036745N13
Dictamen N° 36.745, de 11 de junio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 36.745 Fecha: 11-VI-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 170, de 2013, de la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, mediante la cual se otorga el auxilio de la fuerza pública a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, para que Carabineros de Chile proceda a la detención de la persona que indica, a objeto de que cumpla un día de prisión por cada décimo de unidad tributaria mensual de la multa a que ha sido condenada, con un límite máximo de 60 días, por encontrarse ajustada a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cabe anotar que el resuelvo primero del citado acto señala como domicilio de la empresa requerida el de su casa matriz, y no el lugar donde se cursó la infracción administrativa, lo anterior atendido a que expresamente en la sentencia de la autoridad sanitaria, en el resuelvo quinto, se establece que la notificación debe practicarse en aquella dirección. Asimismo, se hace presente que el aludido acto se ha enviado a este Organismo Fiscalizador con evidente retraso, puesto que fue emitido el 23 de abril de 2013, siendo recién ingresado para su control preventivo de legalidad el 17 de mayo de igual anualidad. La demora mencionada, tal como lo ha manifestado la jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General, entre otros, en sus dictámenes N°s. 55.254 y 67.334, ambos de 2012, implica una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, y también a lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, relativo al principio de celeridad, conforme al cual las autoridades y funcionarios deben actuar por propia iniciativa en el procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditas las actuaciones pertinentes. Atendido lo anterior, en lo sucesivo, la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que sus instrumentos se dicten sin los errores apuntados y envíen a tramitación en su debida oportunidad. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del documento en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 036745N13, de 11 de junio de 2013.
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