Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 068198N15

Dictamen N° 68.198, de 26 de agosto de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 68.198 Fecha: 26-VIII-2015 Se han dirigido a esta Contraloría General doña Mirtha Celis Araya, y los señores Álvaro Gajardo Vielma y René Parga Riquelme, en representación de la Asociación de Profesionales Universitarios de la Dirección del Trabajo, Región del Biobío, para solicitar un pronunciamiento respecto del proceso de selección de fiscalizadores efectuado por esa entidad. Señalan que el desempeño y puntaje obtenido por la participante doña Oriana Chavarría Daroch, en la cuarta etapa del certamen, correspondiente a la entrevista personal, a la que tuvieron oportunidad de asistir según indican, fue inferior al de los otros candidatos, quienes en definitiva no fueron considerados para acceder a las pertinentes plazas, como sí ocurrió con la postulante antes mencionada, lo que estiman podría constituir una irregularidad. Requerido su informe, el aludido servicio remitió mediante correo electrónico los antecedentes del certamen, manifestando, en síntesis, que si bien hubo otros siete postulantes a dicha selección que obtuvieron mejor calificación en la fase referida, lo cierto es que la señora Chavarría Daroch alcanzó la segunda mayor puntuación total como resultado de las distintas evaluaciones previstas en el concurso, lo que le permitió acceder a uno de los dos cargos contemplados para la región citada, por lo que concluye que el proceso se ajustó a las bases que lo rigieron. Al respecto, es útil anotar que con el fin de resguardar los principios de objetividad, transparencia, no discriminación e igualdad de condiciones que deben regir los llamados a concurso para designar cargos a contrata, como ocurre en la especie, la Dirección del Trabajo, convocó a un certamen para proveer cincuenta plazas, distribuidas en distintas regiones del país, asimiladas al grado 16 del estamento fiscalizador de esa institución, debiendo puntualizarse que en el caso de la Inspección Provincial de Concepción se dispusieron dos cupos. En ese contexto, los referidos lineamientos establecieron, entre otras materias, cuatro etapas sucesivas y excluyentes consistentes en una evaluación curricular; de conocimientos; de competencias y una entrevista con la comisión de selección, cada una con una ponderación de 20%; 30%; 20% y 30%, respectivamente. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista consta que la señora Chavarría Daroch alcanzó en la etapa de entrevista 79 puntos, obteniendo en esta fase el octavo lugar entre 15 oponentes a los cupos previstos para Concepción, debiendo precisarse que ésta, de acuerdo con lo establecido en el acápite VII, numeral 4, de las aludidas bases, tenía un mínimo de aprobación de 65, por lo que cumplía con el requisito requerido para superarla. A su vez, se debe considerar que en el acápite IX, de las citadas pautas de selección, se estipuló que el puntaje final se calcularía sólo para quienes hayan participado de todas las etapas del proceso y corresponde a la suma de los puntos ponderados obtenidos en cada una de las fases, acotando que para integrar la propuesta a la autoridad para su designación, se requiere un valor mínimo de 63,2. En ese sentido, se debe tener presente que de lo informado por el servicio y los antecedentes adjuntos, consta que la participante señora Chavarría Daroch obtuvo un puntaje ponderado final de 82,05, alcanzando así el segundo lugar en el listado de postulantes, siendo por tanto propuesta para ocupar una de los dos vacantes previstas para la Inspección Provincial de Concepción, en atención a su alto desempeño, para ser luego designada por la autoridad competente en el referido cargo. En mérito de lo expuesto, se desestima la presentación de los recurrentes, por no haberse verificado una irregularidad en la selección de la mencionada servidora. Transcríbase a la Dirección del Trabajo. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 068198N15, de 26 de agosto de 2015.

Más sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

  • 20 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF198521

    La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158348

    La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores actuó correctamente al declarar inadmisible la postulación del recurrente a la Academia Diplomática, pues su documentación no cumplió los requisitos de las bases, por lo que desestima el reclamo.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D387

    La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.

Todos los pronunciamientos sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium