Contraloría General de la República · N° 017334N18
Dictamen N° 17.334, de 11 de julio de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 17.334 Fecha: 11-VII-2018 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto resolución representada por oficio Nº 7.966, de 2018, y adjudica el contrato “Construcción puente Cancha de Piedra y accesos, sector Santa Inés- María Pinto-Bollenar, región Metropolitana”, por cuanto no fueron subsanadas en su totalidad las observaciones formuladas en dicho oficio. En efecto, lo indicado en la minuta de 11 de junio de 2018, suscrita por el Jefe del Departamento de Puentes, de esa dirección, no desvirtúa la observación en orden a que se contemplan diversas partidas que no se encuentran definidas en sus correspondientes especificaciones técnicas especiales, pese a que resultan imprescindibles para la correcta ejecución de la obra, no resultando suficiente para su ejecución la regulación de las mismas incluidas en el volumen 5 del Manual de Carreteras (MC-V5), en cuanto requieren de precisiones que no se consideran en los antecedentes de licitación. En tal sentido, a vía ejemplar la partida N° 101-6, Remoción de Barreras de Contención Laterales, en el MC-V5 se establece un procedimiento en función de si el proyecto contempla la rehabilitación y reinstalación de los elementos retirados, sin que conste en la documentación tenida a vista la correspondencia o no del mismo; asimismo para el ítem 408-1, Concreto Asfáltico de Rodadura, los antecedentes de la licitación no determinan el tipo de mezcla de áridos a emplear individualizados en las tablas N°s. 5.408.201. D, E, F, G, H o I, asimismo los planos respectivos denominados Proyecto Definitivo Diseño Geométrico Tipo, Perfil Tipo, Puente Cancha de Piedra, individualizados PT-HL-03 al 05, tampoco especifican la mezcla de áridos. Asimismo, los antecedentes remitidos del ítem 507-1 del itemizado, correspondiente al ítem 5.507.301(1), Transporte y descarga, de vigas y arriostramientos, no especifican qué tipo de acero estructural de planchas y perfiles deberán ser utilizados de acuerdo a lo indicado en la Tabla 5.507.201.A. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 017334N18, de 11 de julio de 2018.
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