Contraloría General de la República · N° 078155N15
Dictamen N° 78.155, de 1 de octubre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 78.155 Fecha: 01-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Felipe Zavala Jara, concejal de la Municipalidad de Estación Central, reclamando en contra de la decisión del concejo municipal en orden a aprobar la enajenación del inmueble institucional en el cual se encuentra ubicado actualmente un terminal de buses, en atención a que, según estima, no se cumplirían los pertinentes requisitos legales. Requerido el municipio sobre el particular, este señala que las razones de necesidad o utilidad manifiesta que harían procedente la venta del inmueble en cuestión están expresadas en el acta de la sesión del concejo municipal en que se otorgó el referido acuerdo por parte del ente colegiado, sin perjuicio de lo cual informa que luego del correspondiente procedimiento de licitación pública, adjudicó la concesión de la administración del terminal de buses de la especie a la empresa Inmobiliaria e Inversiones P&R S.A. Pues bien, revisados los antecedentes acompañados, se advierte que, efectivamente, a través del decreto alcaldicio N° 468, de 2015, se llamó a una propuesta pública, en lo que interesa, para la concesión de la administración del terminal de buses Estación Central, la que fue adjudicada a la aludida empresa Inmobiliaria e Inversiones P&R S.A., por un plazo de veinte años, aprobada por el concejo municipal mediante el acuerdo N° 75, de 2015, y promulgado este último por el decreto alcaldicio N° 620, del mismo año. En atención a lo anterior, y en el entendido que el acuerdo del referido órgano colegiado para la venta del inmueble municipal de que se trata habría quedado sin efecto al haber otorgado su anuencia para la concesión del mismo, es dable manifestar que resulta inoficioso referirse al cumplimiento de los requisitos que habilitan para la enajenación de dicha propiedad raíz. Transcríbase a la Municipalidad de Estación Central. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 078155N15, de 1 de octubre de 2015.
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