Contraloría General de la República · N° 006425N11
Dictamen N° 6.425, de 2 de febrero de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 6.425 Fecha: 2-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Ana María Coppa Duarte, ex docente de la Municipalidad de La Pintana, para solicitar una determinación acerca del derecho que le asistiría para percibir la indemnización establecida en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación. Sobre el particular, cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante decreto alcaldicio N° 1303/1217, de 2008, de la Municipalidad de La Pintana, se aceptó la renuncia voluntaria de la interesada, cesando en funciones en dicha entidad edilicia, a contar del 13 de diciembre de esa anualidad, con derecho a la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158, la que le fue enterada el 15 de dicho mes y año. Ahora bien, teniendo en consideración que la señora Coppa Duarte percibió el beneficio aludido en el párrafo precedente, cumple con hacer presente que si bien la posibilidad de que, igualmente, tenga derecho a la indemnización que establece el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, ha sido resuelta favorablemente por esta Contraloría General en su dictamen N° 44.766, de 2008, dicho pronunciamiento se encuentra en reestudio por parte de este Organismo de Control con ocasión de múltiples solicitudes de reconsideración, por lo que, concluido aquél, se emitirá una decisión respecto de la referida compatibilidad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 006425N11, de 2 de febrero de 2011.
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