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Contraloría General de la República · N° 019615N13

Dictamen N° 19.615, de 2 de abril de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 19.615 Fecha: 02-IV-2013 La Contraloría Regional de Los Ríos, ha remitido a esta Sede Central, la presentación efectuada por la señora Francisca Ibertty Manríquez, exdocente de la Municipalidad de Valdivia, reclamando que no se le reconoció el programa de post-título de Mención Inglés Segundo Ciclo, impartido por la Universidad Austral de Chile, que presentó a esa entidad edilicia el año 2010, para los efectos del pago de la asignación de perfeccionamiento, establecida en el artículo 49 de la ley N° 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación. Requerido informe al municipio, este manifestó, que no reconoció el mencionado diploma, en atención a que, en su opinión, no guarda relación con el subsector en que ella desempeñaba sus labores docentes. Sobre el particular, esta Contraloría General debe informar que carece de competencia para pronunciarse acerca del reconocimiento de programas, cursos o actividades de perfeccionamiento de post- título o de post-grado académico, válidos para los efectos de percibir la asignación prevista en el artículo 49 de la ley N° 19.070, por cuanto de conformidad con el artículo 3° del decreto N° 214, de 2001, del Ministerio de Educación -que establece normas para pagar el citado emolumento-, corresponde exclusivamente al empleador manifestarse sobre el grado de relación que tiene la respectiva actividad con la función docente que desempeña el profesor y, en el evento de ser rechazada la solicitud, el interesado podrá recurrir ante el Departamento Provincial de Educación de que se trate, para pedir un informe sobre la relación con una labor educativa determinada del curso, programa o actividad de mejoramiento profesional, el que no tendrá carácter obligatorio, pero deberá ser conocido por la autoridad municipal de educación antes de la resolución de la reconsideración presentada por el educador (aplica dictamen N° 49.977, de 2010). En consecuencia, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto a la materia señalada precedentemente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 019615N13, de 2 de abril de 2013.

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