Contraloría General de la República · N° 053638N12
Dictamen N° 53.638, de 30 de agosto de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 53.638 Fecha: 30-VIII-2012 Se han dirigido a esta Contraloría General los señores Felipe Rodríguez Mandujano y Roky Saavedra Chávez, exfuncionarios de Gendarmería de Chile, para solicitar, por las razones que exponen, se dejen sin efecto sus respectivos retiros temporales. Sobre el particular, cabe manifestar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie, en virtud de lo previsto en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia-, que los funcionarios de la referida institución penitenciaria pueden reclamar de su cese, ante esta Entidad de Control, dentro del plazo de diez días hábiles desde que tuvieron conocimiento de la resolución que dispuso su eliminación, requisito que no se cumple en la especie. En efecto, de la documentación tenida a la vista, aparece que el señor Rodríguez Mandujano, con fecha 24 de marzo de 2011, fue notificado del total trámite de la resolución que dispuso su desvinculación, reclamando de tal medida el día 23 de julio de 2012. Por su parte, en cuanto al señor Saavedra Chávez, se debe anotar que la notificación de su cese fue realizada el 31 de mayo de 2011, decisión que sólo impugnó el día 26 julio de 2012. Como puede advertirse, ambos exservidores han presentado su reclamo una vez transcurrido el aludido lapso de diez días, por lo que sus peticiones, en orden a que se dejen sin efecto sus respectivos retiros temporales, deben ser rechazadas por extemporáneas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 053638N12, de 30 de agosto de 2012.
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