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Contraloría General de la República · N° 014633N17

Dictamen N° 14.633, de 25 de abril de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 14.633 Fecha: 25-IV-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto la resolución que indica -previamente representada por oficio N° 92.872, de 2016, de este origen y que aprueba la devolución de retenciones del contrato “Reposición Puente Confluencia, Sector Confluencia, Provincia de Ñuble, Región del Bíobío”, por cuanto, no es posible determinar que se cumple la totalidad de los requisitos contemplados en el artículo 169 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, para la procedencia de la medida que se dispone, entre los cuales se encuentra que no existan saldos pendientes en contra del contratista. Lo anterior, toda vez que de acuerdo a los antecedentes que se han tenido a la vista en esta oportunidad, se advierte que el monto de $ 10.399.404 aplicado por concepto de multa técnica asociada a la deficiencia de la partida 501.14 “Hormigón H-30 SM” -descontado en el estado de pago N° 18-, no corresponde al total que se obtiene luego de aplicar el procedimiento establecido en el punto 5.501.315 del respectivo Manual de Carreteras. Además, no se acompañó el certificado de densidad Marshall de diseño necesario para verificar el cumplimiento de dicho parámetro en lo que concierne a la partida 5.408-1 "Concreto asfaltico de superficie" -lo que incide en la multa cursada en el estado de pago Nº 25-. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 014633N17, de 25 de abril de 2017.

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