Contraloría General de la República · N° 077326N10
Dictamen N° 77.326, de 22 de diciembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 77.326 Fecha: 22-XII-2010 La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 802, de 2010, de la Dirección de Vialidad, entre otras medidas, aprueba indemnización que indica y convenio celebrado al efecto en relación al contrato de asesoría a la inspección fiscal del proyecto “Mejoramiento Ruta C-386, Sector Bifurcación Ruta 5 – Hacienda Toledo, Tramo Dm. 0.000,0 – Dm. 33.130,00”, Provincia de Copiapó, Región de Atacama, por no ajustarse a derecho. En efecto, resulta improcedente el pago por concepto de indemnización que se autoriza en conformidad al artículo 60 del decreto N° 48 de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, por cuanto en la especie, encuentra su causa en la disminución del valor de la asesoría a resultas de una reducción de su plazo, a fin de que sea concordante con la duración de la obra a la que accede, y no en una modificación de servicios susceptible de indemnizar de acuerdo al citado artículo. Sin perjuicio de lo indicado, se ha podido constatar que el plazo de la obra a que accede la asesoría de la especie expiró el 2 de junio de 2010, conforme a lo establecido en la resolución exenta N° 1.234, de 2010, de la Dirección General de Obras Públicas, no obstante que tanto en el considerando del documento de la suma como en el punto N° 1 del convenio se expresa que la fecha de término de dicha obra fue el 25 de noviembre de 2009, circunstancia en la que se fundamenta la disminución de honorarios y de plazo que se dispone en el acto en examen, así como el otorgamiento de la indemnización antes aludida. En otro orden de consideraciones, de acuerdo a lo dispuesto en la resolución N° 1.261, de 2008, de esa Dirección, el plazo del contrato de asesoría expiró el 30 de marzo de 2010, y no obstante el convenio que se sanciona es de 30 de septiembre pasado, sin que existan antecedentes que justifiquen la dilación que se advierte. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 077326N10, de 22 de diciembre de 2010.
Más sobre Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios
-
La Contraloría concluye que el atraso en la entrega del informe final es imputable al consultor, pues solo se entiende cumplida la etapa con una versión que cumpla las exigencias técnicas, por lo que no formula reparos a la multa aplicada.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza lo obrado y aprueba el convenio modificatorio del contrato de asesoría a la inspección fiscal, ordenando al Ministerio adoptar medidas para dictar sus actos oportunamente, dado el evidente retraso.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad referéndum N° 5 de asesoría a la inspección fiscal, ordenando a la Dirección adoptar medidas para que los actos que aprueben convenios se emitan oportunamente, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.