Contraloría General de la República · N° E124812N25
Dictamen N° E124812, de 24 de julio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases para la consultoría sobre suelos con mal drenaje en Los Ríos, con alcances: el servicio debe aclarar el cómputo del plazo para firmar el contrato, el medio de verificación del especialista, la referencia al reglamento del SEIA y los actores del programa de participación, y justificar la contratación fuera del Plan Anual de Compras.
Texto del pronunciamiento
N° E124812 Fecha: 24-07-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba bases administrativas, técnicas y sus anexos para la consultoría del proyecto “Diagnóstico para los Suelos con Mal Drenaje Región de Los Ríos”. Sin perjuicio de lo anterior, esa repartición deberá precisar, mediante la respectiva aclaración, el hito a partir del cual se computa el plazo de 30 días corridos para la suscripción del contrato, previsto en el N° 3, letra g), de las bases administrativas. Asimismo, y en relación con el “Especialista en obras civiles” a que se alude en el N° 4.6.1, ítem N° 3 “Calidad del Equipo Profesional”, Subcriterio 3.2, de las bases administrativas, esta Sede de Control entiende que a dicho profesional le resulta también aplicable como medio de verificación el “Antecedente académico”, lo que deberá ser aclarado. Luego, cabe precisar que el “DS 95/2001 Reglamento SEIA” -citado en diversos numerales de las bases técnicas- corresponde al decreto N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Por otra parte, en cuanto a los “Términos de Referencia Programa de Participación Ciudadana” -contenidos en el Anexo N° 2-, deberá también precisarse, mediante la pertinente aclaración, los actores relevantes para el estudio a que se refiere el N° 3.2.6, párrafo cuarto, por cuanto el “punto 1.2” que se cita en ese numeral no se encuentra previsto en tal anexo. Finalmente, cumple con hacer presente que ese servicio deberá justificar, en el acto administrativo que autoriza la contratación, los motivos por los cuales contrata fuera del Plan Anual de Compras, conforme con lo establecido en el artículo 12 de la ley N° 19.886, y en el artículo 27, inciso segundo, del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el actual reglamento de la referida ley. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Carlos Cifuentes Vargas Jefe de la División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E124812N25, de 24 de julio de 2025.
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