Contraloría General de la República · N° E155877N25
Dictamen N° E155877, de 12 de septiembre de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que pone término anticipado, de mutuo acuerdo, al contrato de asesoría para el Puente Cau Cau, ordenando informar el resultado de la investigación sumaria y adoptar medidas para que futuros convenios se funden en antecedentes técnicos.
Texto del pronunciamiento
N° E155877 Fecha: 12-09-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que pone término anticipado de mutuo acuerdo al contrato “Asesoría para el Diagnóstico de Factibilidad de Rehabilitación del Puente Cau Cau, Valdivia, Región de Los Ríos”, previamente representada por el oficio Nº E39112, de 2025, de este origen, teniendo presente lo manifestado en la minuta de 31 de julio del año en curso, de la jefa del Departamento de Administración y Gestión de Contratos de la Dirección de Vialidad, y sus antecedentes adjuntos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá informar a esta Sede de Control acerca del resultado de la investigación sumaria a que se refiere el último párrafo del considerando del acto en examen. Por último, y teniendo presente que, según lo indicado, el término anticipado de común acuerdo que se sanciona se sustenta en la decisión de ese Ministerio de “abordar una nueva estrategia para la rehabilitación del Puente Cau Cau”, atendido que el proyecto no resultaba conveniente para los intereses fiscales -y en circunstancias que se habían ejecutado tres de las cuatro etapas de la referida asesoría-, esa Secretaría de Estado deberá adoptar las medidas que correspondan a efectos de que los convenios que lleve a cabo en lo sucesivo se funden en antecedentes técnicos que justifiquen la contratación y permitan su normal desarrollo, a fin de cautelar adecuadamente el buen uso de los recursos públicos. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E155877N25, de 12 de septiembre de 2025.
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