Contraloría General de la República · N° 082449N14
Dictamen N° 82.449, de 24 de octubre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 82.449 Fecha: 24-X-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que modifica por razones de interés público las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada “Aeropuerto Cerro Moreno de Antofagasta”, en el sentido de postergar el plazo máximo para la obtención de la puesta en servicio provisoria de la totalidad de las obras hasta el 30 de junio de 2014. Lo anterior, por cuanto no se advierte con claridad que las obras que se sustituyeron mediante el decreto exento N° 2.372, de fecha 31 de diciembre de 2013 –y que se invocan como fundamento directo del acto administrativo que se examina en cuanto razones de interés público para la postergación–, afectaran el término de las faenas previstas en el pliego de condiciones, a lo que es dable agregar que de acuerdo a los documentos adjuntos, en particular, el “informe mensual de avance de obras N° 17”, de enero de 2014, no aparece que las obras presentaran un desarrollo que permitiera obtener la mentada autorización dentro del plazo original, fijado para el 5 de febrero del presente año. Adicionalmente, corresponde indicar que entre las obras que se sustituyeron se encontraba la denominada “Homologación del Cuartel SSEI”, cuartel que estaba contemplado en el anteproyecto referencial aprobado por la Dirección General de Aeronáutica Civil y ese ministerio en las correspondientes bases de licitación –y aceptado por la sociedad concesionaria en el proceso de licitación–, el cual, sin embargo, conforme a los antecedentes, no se condecía con la normativa vigente y por ello ha debido ser sustituido, cuestión que ha de ser aclarada por la autoridad respectiva. Por otra parte, es dable señalar que de los documentos recabados aparece que con posterioridad a la modificación que sanciona el decreto en estudio, se postergó nuevamente en dos oportunidades la fecha para obtener la autorización de puesta en servicio provisoria de la totalidad de las obras –hasta el 10 de octubre de 2014–, mediante las resoluciones exentas N°s 2.253 y 2.480, ambas de 2014 y de la Dirección General de Obras Públicas, la última de ellas fundada en la ejecución de la obra denominada “Aumento de la Capacidad Eléctrica para la Subestación de la D.G.A.C”, necesaria, según se indica, en atención a la sustitución de la obra relativa al cuartel. Sobre este particular, es menester hacer presente que este Organismo de Control tampoco advierte cómo tal obra eléctrica incide en la citada puesta en servicio provisoria, en términos de determinar su nueva postergación, ni el motivo por el que dicha obra no se dispuso conjuntamente con la antes ordenada sustitución del cuartel, considerando que esta última habría dado origen a la de que se trata. Finalmente, y en otro orden de consideraciones, cumple con manifestar que se observa de los antecedentes acompañados que no se está dando cumplimiento a lo previsto en el numeral 1.9.4 del respectivo pliego de condiciones, en cuanto al formato utilizado como libro de construcción de la obra, toda vez que se trata de una mera acumulación de documentos que no reviste las formalidades establecidas a su respecto, por lo que ese Ministerio deberá adoptar las medidas que sean pertinentes a fin de habilitar el referido libro en los términos que corresponden. En mérito de lo expuesto precedentemente, se representa el acto administrativo del epígrafe. Transcríbase a la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas y a la Subdivisión de Auditoría de la División de Infraestructura y Regulación. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 082449N14, de 24 de octubre de 2014.
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