Contraloría General de la República · N° 015901N12
Dictamen N° 15.901, de 19 de marzo de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 15.901 Fecha: 19-III-2012 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 126, de 2012, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba la liquidación final del contrato “Reposición Puentes Maldonado y Tagua Tagua, ubicados en el Camino Puelo – Paso El Bolsón, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos”, por cuanto se advierte que la evaluación técnica del hormigón estructural H-25 S/M, no se efectuó en conformidad al Manual de Carreteras, Volumen 5, versión 2003, aplicable en la especie. En efecto, la conversión de unidades de presión de Kgf/cm 2 a mega pascales, se realizó sobre la base de un factor de 10, y no de 10,1972, como indica el numeral 5.001.103 -Equivalencia de Medidas- del referido manual; además, el servicio realizó una única evaluación al total de ensayos de compresión realizados en ambos puentes, en circunstancia que el referido hormigón se utilizó en dos estructuras independientes, correspondiendo a ítem diferentes en el presupuesto, por lo que debieron evaluarse por separado, según lo dispuesto en el punto 5.501.315 del citado manual. Por su parte, al ser menos de 10 las muestras ensayadas en relación a cada estructura -7 extraídas del Puente Maldonado y 8 del Puente Tagua Tagua-, correspondió utilizar el procedimiento de evaluación por el total de muestras y no por el de medias móviles, conforme al punto 5.501.315, antes mencionado. Finalmente, cumple con señalar que, en lo sucesivo, las actuaciones que corresponda realizar luego de terminadas las obras, entre ellas su recepción provisional y definitiva y la liquidación del respectivo contrato, deberán practicarse oportunamente, y no como ocurrió en esta oportunidad. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 015901N12, de 19 de marzo de 2012.
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