Contraloría General de la República · N° 028721N14
Dictamen N° 28.721, de 23 de abril de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 28.721 Fecha: 23-IV-2014 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución Nº 2, de 2014, de la Unidad de Análisis Financiero, mediante la cual se aprueba la modificación de contrato suscrito entre esa repartición y la empresa ADEXUS S.A., relativo a la plataforma tecnológica del citado servicio, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, en la cláusula cuarta del acto en estudio se detallan las ampliaciones de servicios efectuadas al contrato originalmente celebrado entre las partes contratantes, no obstante, la descripción que allí se realiza no corresponde con la dispuesta en los respectivos acuerdos de voluntades. Enseguida, en el punto N° 2 de la cláusula sexta se establece la consolidación del remanente de las cuotas pendientes de pago por las ampliaciones señaladas en la cláusula cuarta, sin embargo, no expresa el origen del saldo correspondiente a agosto 2014, por un monto de 161,5 unidades de fomento. En consecuencia, se representa el documento en examen. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 028721N14, de 23 de abril de 2014.
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