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Contraloría General de la República · N° 081846N14

Dictamen N° 81.846, de 23 de octubre de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 81.846 Fecha: 23-X-2014 Se han dirigido a esta Contraloría General, mediante presentaciones separadas, tanto la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Educación, como diversos empleados de esa institución, reclamando en contra de los cobros que ese servicio efectuó a algunos servidores, por concepto de bonificación de zona extrema pagada en exceso. Requerido su informe, ese organismo manifestó que, tras un nuevo análisis del caso, determinó que si bien se produjo un error en el cálculo del señalado estipendio en diciembre de 2012, no incidiría en el monto de las remuneraciones que efectivamente se enteraron a los trabajadores de que se trata, ya que dicha diferencia habría sido absorbida por la planilla suplementaria que recibían éstos. Sobre el particular, corresponde señalar que, con el objeto de corroborar lo afirmado por esa institución, este Órgano Fiscalizador procedió a revisar aleatoriamente la situación de siete de los servidores reclamantes, con los antecedentes acompañados por esa superintendencia, estableciendo que el pago indebido de la bonificación de zona extrema, resulta superior a las planillas suplementarias respectivas -beneficio este último que, además, fue calculado de manera errónea-, razón por la cual no se ha comprobado la absorción alegada. Asimismo, es necesario recordar que durante el mes de diciembre de 2012, la bonificación de zona extrema tuvo el carácter de no imponible, lo que sólo cambió a contar del 1 de enero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la ley N° 20.717, por lo que un eventual pago en exceso de dicho emolumento no pudo verse absorbido en los casos de quienes sólo debían percibir planilla suplementaria para compensar estipendios imponibles, como sucede en las situaciones que se detallan a continuación. Funcionario Planilla suplementaria pagada por el servicio Planilla suplementaria calculada por CGR (corresponden a haberes imponibles) Monto del pago en exceso bonificación de zona extrema Luis Bahamondes Millalonco $ 121.169 $ 371.096 $ 544.392 Carla Hereme Sepulveda $ 45.802 $ 286.816 $ 544.392 Eduardo Mancilla Oyarzo $ 0 $ 161.396 $ 544.392 José Mancilla Santana $ 119.271 $ 389.857 $ 544.392 Rene Morales Campos $ 112.450 $ 286.683 $ 544.392 Samuel Navarro Castro $ 136.014 $ 525.559 $ 544.392 David Pezzo Burgos $ 0 $ 177.689 $ 544.392 En consecuencia, procede que ese servicio estudie la situación de todos aquellos servidores que han recibido la mencionada bonificación de zona extrema, y determine las cantidades a reintegrar en cada caso, debiendo informar fundadamente a esta Entidad de Control acerca de la materia, en el plazo de 60 días hábiles, a contar de la fecha de recepción del presente oficio. Finalmente, resulta necesario agregar que, en la revisión efectuada, se detectaron diversos errores de cálculo de remuneraciones, los cuales se detallan en las planillas que se adjuntan al presente oficio, para su conocimiento y fines pertinentes. Transcríbase a la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Educación, al señor Samuel Navarro Castro y otros funcionarios de esa institución, a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de esta Institución Fiscalizadora y a la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 081846N14, de 23 de octubre de 2014.

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