Contraloría General de la República · N° 063384N11
Dictamen N° 63.384, de 6 de octubre de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 63.384 Fecha: 06-X-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal CJFL-69, de cargo del Centro Nacional de Perfeccionamiento y Capacitación, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Víctor Sebastián Ferrada Villarreal, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 31 de enero de 2011, el indicado funcionario se desplazaba en el aludido móvil por la calle Teatinos, en dirección al sur y próximo a llegar a la intersección con la calle Catedral, en la comuna de Santiago, fue colisionado por una camioneta particular que efectuó una maniobra de sobrepaso indebida, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 10, de 2011, que rola de fojas 80 a 83 de autos, estableció como causa basal del accidente. En este contexto, se debe indicar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 de la ley N° 18.290, que se presumirá la culpabilidad del o de los participantes en un accidente de tránsito, en que se produzcan daños, si no dan cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima y abandonaren el lugar. Luego, es dable anotar que los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 36, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, incorporado de fojas 62 a 64 del expediente, ascienden a la suma de $185.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Víctor Sebastián Ferrada Villarreal, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal CJFL-69. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 063384N11, de 6 de octubre de 2011.
Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
-
Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.
-
La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.
Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.