Contraloría General de la República · N° 073999N11
Dictamen N° 73.999, de 28 de noviembre de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 73.999 Fecha: 28-XI-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones N°s. 451 y 452, de 2011, de la Fuerza Aérea de Chile, mediante las cuales se concede a los cargos que indican, de la planta de profesionales funcionarios, de esa institución, asimilados al sistema de remuneraciones de la ley N° 15.076, las asignaciones establecidas en los artículos 1° y 2°, respectivamente, de la ley N° 19.432, por encontrarse ajustadas a derecho. No obstante, cumple con reiterar, por última vez, lo manifestado en el oficio N° 71.910, de este año, en el sentido que la facultad del Comandante del Comando de Personal para dictar el acto administrativo de la especie, emana del artículo 8° del decreto N° 31, de 1969, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, acorde con lo previsto en el artículo 4 ° del decreto con fuerza de ley N° 5, de 1968, de esa Secretaría de Estado, lo que debe consignarse en los Vistos de los actos administrativos de igual naturaleza. Tal como se indicara en el aludido oficio, esta Contraloría, en lo sucesivo, se abstendrá de tomar razón de actos administrativos como los de la especie, si concurre la misma observación. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de las resoluciones señaladas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 073999N11, de 28 de noviembre de 2011.
Más sobre Fuerza Aérea y Aeronáutica Civil
-
La Contraloría concluye que no procede pagar docencia adicional invocando el artículo 87 letra a) de la ley N° 18.834 a funcionarios de la DGAC cuya jornada ya comprende docencia permanente en la ETA, pues no constituye un desempeño distinto; tales necesidades deben cubrirse con jornada extraordinaria o aumento de destinación.
-
La Contraloría toma razón del decreto que modifica el Reglamento de seguridad de la aviación civil (DAR 17), con alcances: el acceso a información queda sujeto a la normativa vigente, se mantiene la numeración y título de la Sección 3.3, y la "Política Nacional de Instrucción" se entiende referida al Programa Nacional de Instrucción.
-
El Presidente tiene disponibilidad permanente y protección integral, lo que justifica usar bienes fiscales, incluido el avión institucional, incluso en viajes por sufragio. Concluye que no hubo irregularidades en los traslados del ex Presidente a Magallanes.
Todos los pronunciamientos sobre Fuerza Aérea y Aeronáutica Civil
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.