Contraloría General de la República · N° E420495N23
Dictamen N° E420495, de 27 de noviembre de 2023
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba un convenio modificatorio del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Aeropuerto El Tepual, con alcances: el documento se dictó con evidente retraso y contiene errores, por lo que el servicio deberá emitir sus actos oportunamente.
Texto del pronunciamiento
N° E420495 Fecha: 27-XI-2023 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba un convenio modificatorio de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Construcción de la Obra: Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt”, pero cumple con hacer presente que el documento en examen ha sido dictado con evidente retraso, toda vez que data del 8 de noviembre de 2023, en circunstancias que el convenio que aprueba es de fecha 31 de agosto de 2022. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha sostenido reiteradamente por este Organismo de Control, entre otros, en los dictámenes Nos 19.992 y 44.028, ambos de 2017, 19.153 y 19.835, ambos de 2018, 26.975 y 31.831, ambos de 2019, 9.264 y E29232, ambos de 2020, E95315 y E69796, ambos de 2021, E242457 y E264341, ambos de 2022, y E345898, del presente año, este último respecto de una modificación anterior de este mismo contrato, todos de este origen. Adicionalmente, y como también se ha expresado en forma reiterada entre otros, en el recién citado dictamen N° E345898, el acto administrativo que aprueba la reprogramación de recursos estipulada, ha debido dictarse oportunamente, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo, pueda efectuarse en forma eficaz y no se refiera a situaciones jurídicas consolidadas, lo que ocurre en la especie, atendida la época en la que incide la modificación. Finalmente, cumple con hacer presente que en el primer resuelvo, el convenio fue suscrito por don Luis Felipe Elton Sanfuentes, en representación de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, y no por la autoridad que allí se consigna; la transcripción del acuerdo de voluntades no es íntegra, en cuanto a sus Nos 2 y 3; y que en el segundo resuelvo la última modificación sancionada previamente, consta en la resolución DGC N° 19, de fecha 27 de abril de 2023, y no la que allí se señala. Con los alcances precedentes, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. OSVALDO VARGAS ZINCKE Jefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E420495N23, de 27 de noviembre de 2023.
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