Contraloría General de la República · N° 050418N12
Dictamen N° 50.418, de 17 de agosto de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 50.418 Fecha: 17-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Óscar Segundo Aliaga Bonilla, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad de su proceso calificatorio correspondiente al año 2010, en el cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Requerido su informe, la mencionada repartición ha manifestado, en síntesis, que la decisión de incorporar al interesado en dicha nómina, luego de realizada su nueva calificación, se ajustaría a la normativa que regula la materia. Sobre el particular, y en cuanto a que para incluirlo en la referida lista, no se debió ponderar la sanción que registra, pues, a su juicio, en la investigación instruida en su oportunidad, se habrían cometido vicios que afectarían su validez, corresponde señalar que la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N os 16.825 y 78.168, de 2011, de este origen, precisó que el proceso calificatorio no es la instancia pertinente para impugnar un procedimiento disciplinario afinado. Luego, en lo dice relación con la eventual inhabilidad que afectaría al secretario de la junta calificadora, derivada de la relación de amistad que tendría con otro funcionario evaluado por aquella, cabe anotar, en armonía con lo expresado en los dictámenes N os 16.292, de 2005 y 55.630, de 2011, de este origen, que quien actúa en tal calidad lo hace solo con derecho a voz, de modo que su participación no puede ser considerada decisiva o determinante en el acuerdo que ese órgano adopte. Finalmente, respecto al hecho de que su calificador integró la referida junta únicamente con derecho a voz, lo que, en su opinión, también afectaría su evaluación, se debe indicar que ese cuerpo colegiado, según lo previsto en el artículo 92, letra c), del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, estará compuesta por dos jefes de la Prefectura y el respectivo calificador, no limitando la función de este último a solo ser oído, tal como se informó en los dictámenes N os 14.062 y 26.071, de 2012, de este Organismo Fiscalizador. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, en especial, copia del acuerdo de esa junta calificadora, de fecha 16 de junio de 2011, consta que la participación del aludido oficial fue en contravención a lo dispuesto en el citado texto reglamentario, razón por la cual, procede que la autoridad pertinente de Carabineros de Chile, conforme con lo establecido en el artículo 53 de la ley N° 19.880, dicte un documento formal que deje sin efecto la resolución que dispone el licenciamiento del recurrente, pues en la calificación que le sirve de fundamento, se incurrió en un vicio que afecta su legalidad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 050418N12, de 17 de agosto de 2012.
Artículos que cita
Más sobre calificaciones
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
-
La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.