Contraloría General de la República · N° 024840N13
Dictamen N° 24.840, de 24 de abril de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 24.840 Fecha: 24-IV-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Rubén Espinoza Troncoso, funcionario del Ejército, para solicitar un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para percibir el sobresueldo por especialidad peligrosa. Requerido su informe, esa repartición ha señalado, en síntesis, que las labores realizadas por el recurrente no son de aquellas que habilitan para obtener el referido beneficio. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 9°, letra b), N° 2, del decreto N° 669, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Títulos, Especialidades y Desempeño de Actividades con derecho a Sobresueldos en el Ejército, dispone, en lo pertinente, que el estipendio en estudio se concederá al personal que cumple labores en ambientes tóxicos. En este sentido, se debe expresar, acorde con el criterio contenido en el dictamen N° 80.388, de 2010, de este origen, entre otros, que el emolumento de que se trata, tiene por finalidad compensar el riesgo eventual a que se expone la salud del empleado en el desarrollo de determinadas actividades, por lo que su otorgamiento no proviene del lugar en que se desempeñan las funciones, sino que de las características del trabajo realizado, correspondiéndole a la Administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias antes anotadas. Ahora bien, y según lo informado por la mencionada institución castrense, las labores ejercidas por el peticionario -operador del Sistema Integral de Finanzas-, no fueron consideradas como nocivas, razón por la cual el señor Espinoza Troncoso no puede recibir el sobresueldo que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 024840N13, de 24 de abril de 2013.
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