Contraloría General de la República · N° E63571N20
Dictamen N° E63571, de 28 de diciembre de 2020
Texto del pronunciamiento
N° E63571 Fecha: 28-XII-2020 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio de traspaso del contrato “Construcción obras marítimas infraestructura portuaria multipropósito en Puerto Williams”, en el entendido que, acorde a lo señalado en los considerandos 16 a 19 del acto que se examina, y en las cláusulas del convenio aludido, la decisión de permitir el traspaso de que se trata a un consorcio del que forma parte el primitivo contratista, ha sido adoptada por la Administración teniendo en consideración el debido resguardo de los recursos públicos. Además, cumple con manifestar que, en lo sucesivo, las enmiendas de los actos que han sido retirados del trámite de toma de razón y que posteriormente son reingresados a esta Entidad de Control -como ha ocurrido en el caso que se analiza-, deben ser salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y media firma de la autoridad o ministro de fe del servicio, exigencia que no se ha verificado respecto de los cambios incorporados en la resolución en estudio (aplica criterio contenido en los oficios N°s. 44.463, de 2017 y 23.498, de 2018, de este origen). Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E63571N20, de 28 de diciembre de 2020.
Más sobre Licitación y Ejecución de Obras
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza el trato directo y aprueba el contrato del proyecto de conservación del sistema de control de tránsito, ordenando al servicio aclarar la justificación de rubros ajenos al objeto, precisar el monto máximo y corregir cláusulas imprecisas.
-
La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Licitación y Ejecución de Obras
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.