Contraloría General de la República · N° 088041N14
Dictamen N° 88.041, de 12 de noviembre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 88.401 Fecha 12-XI-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4260, conducido por su funcionario, señor Víctor Rodrigo López Puente, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 22 de julio de 2012, ese servidor se desplazaba en el citado vehículo por el camino público del sector Chiguaihue, próximo al km. 0, en la comuna de Ercilla, y debido a que conducía a una velocidad considerada no razonable ni prudente con respecto al diseño y estado de la vía que enfrentaba, perdió el control y maniobrabilidad del móvil, chocando y volcando por proyección, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Cautín, en su informe técnico N° 24, de 2012, estableció como causa del accidente. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 192, de 2012, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $2.700.943, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, y no existiendo en el procedimiento disciplinario instruido al efecto, elementos probatorios que lleven a la plena convicción de que el señor Víctor Rodrigo López Puente adoptó las medidas de seguridad necesarias para una adecuada y responsable conducción, a objeto de evitar todo riesgo de accidentes, se ha estimado que no es procedente exonerarlo de responsabilidad civil, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4260. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 088041N14, de 12 de noviembre de 2014.
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