Contraloría General de la República · N° 015012N13
Dictamen N° 15.012, de 7 de marzo de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 15.012 Fecha: 07-III-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Rubén Roa Espinoza, funcionario del Complejo Hospitalario San José, para reclamar el pago de la asignación de turno que, según señala, le correspondería por su desempeño en ese centro de salud. Requerido su informe, el citado organismo señaló, en síntesis, que a partir del 1 de junio de 2012, el peticionario comenzó a desempeñarse en un sistema de turnos rotativos y se le asignó un cupo para percibir el emolumento en estudio, por lo que, desde esa data, éste le ha sido enterado, acompañando la documentación que así lo acredita. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 94 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, establece el beneficio en consulta para el personal que indica, que labore efectiva y permanentemente en los turnos rotativos y en las condiciones que allí se detallan, para cuya percepción, además, se requiere la existencia de un cupo financiero, tal como se informó, entre otros, en el dictamen N° 26.037, de 2012, de este origen. Ahora bien, atendido que la mencionada institución ha otorgado al solicitante el estipendio que reclama, este Organismo de Fiscalización entiende que la situación, a este respecto, se encuentra solucionada. Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado necesario hacer presente que, de los antecedentes acompañados, se advierte que el interesado percibió la asignación de que se trata durante los meses de enero, febrero y marzo de 2012, época en la cual, de acuerdo a lo informado por ese centro asistencial, aquél no cumplía con los requisitos legales para ello. De esta manera, ese establecimiento deberá requerir al señor Roa Espinoza el reintegro de las cantidades que recibió indebidamente, lo cual es, por cierto, sin perjuicio del derecho que le asiste al afectado para solicitar al Contralor General su condonación o el otorgamiento de facilidades para su restitución, conforme a lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 015012N13, de 7 de marzo de 2013.
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