Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 006893N18

Dictamen N° 6.893, de 9 de marzo de 2018

Texto del pronunciamiento

N° 6.893 Fecha: 09-III-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría de Transportes, solicitando un pronunciamiento que determine si resulta procedente que, con posterioridad a diciembre de 2016, se produzca un aumento de las remuneraciones de ciertos funcionarios, que superen el monto previsto en el inciso octavo del artículo 1° de la ley N° 20.975, como consecuencia del otorgamiento de la asignación de funciones críticas. Asimismo, consulta si corresponde el pago de gastos de representación a funcionarios cuyas remuneraciones fueron objeto del reajuste previsto en la mencionada preceptiva, y que durante el año 2017 han debido subrogar en el cargo de Ministro o Subsecretario, incrementándose aquellas por sobre el referido monto. Requerida de informe, la Dirección de Presupuestos se refirió a los casos planteados por la recurrente. Sobre el particular, cabe recordar que el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 20.975 otorgó, a contar del 1 de diciembre de 2016, un reajuste de 3,2% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, de los trabajadores del sector público, incluidos los profesionales regidos por la ley N° 15.076 y el personal del acuerdo complementario de la ley N° 19.297. Su inciso octavo dispuso, en lo que interesa, que los trabajadores del sector público que al 1 de diciembre de 2016 tengan como promedio mensual de remuneración líquida de carácter permanente, durante el período de diciembre de 2015 a noviembre de 2016, un monto igual o superior a $4.400.000, no tendrán derecho al reajuste a que se refiere el aludido inciso primero. En el caso de los trabajadores a quienes se les aplique el reajuste señalado en el inciso primero de este artículo, el total de sus remuneraciones líquidas de carácter permanente así reajustadas no podrá significar, durante el período de diciembre de 2016 a noviembre de 2017, una cantidad promedio superior a $4.400.000, mensuales. En ese sentido, la jurisprudencia administrativa, contenida en los dictámenes N°s. 86.450, de 2016 y 2.405, de 2017, de este origen, ha precisado que, para determinar el universo de beneficiarios, en primer lugar, se debe calcular el promedio mensual de remuneraciones líquidas de carácter permanente percibidas por los servidores entre diciembre de 2015 y noviembre de 2016, quedando sujetos al reajuste, sólo quienes hayan recibido en promedio una renta líquida inferior a $4.400.000. Luego, definido lo anterior, deberá determinarse el porcentaje de reajuste a pagar a cada servidor, para lo cual se deben proyectar las remuneraciones líquidas de carácter permanente que ellos percibirán entre diciembre de 2016 y noviembre de 2017, las que aumentadas en el porcentaje correspondiente, no podrán superar los $4.400.000. En ese sentido, las variaciones que experimenten las remuneraciones líquidas de aquellos trabajadores por los que se consulta, con posterioridad a diciembre de 2016, y que no pudieron preverse a esa fecha, no producirán efecto alguno sobre las remuneraciones, reajustadas o no, las que quedan excluidas del referido tope. De acuerdo a lo anterior, en las situaciones planteadas por la Subsecretaría de Transportes, nada obsta a que se puedan conceder a los funcionarios de esa entidad asignación de funciones críticas y gastos de representación, en la medida que se cumplan con los requisitos exigidos para su entero. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 006893N18, de 9 de marzo de 2018.

Más sobre Asignaciones y Sobresueldos

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D434

    La incompatibilidad de percibir beneficios por un mismo concepto rige aunque cambie su fuente de financiamiento, y la asignación convencional de zona se mantiene vía planilla complementaria mientras no se renuncie a ella.

  • 15 de septiembre de 2026

    Dictamen N° D414

    La Contraloría concluye que es válido que el Servicio de Salud Ñuble fije distintos porcentajes de la asignación de estímulo por competencias profesionales según la carga horaria del cargo, pues esta es un factor objetivo del puesto de trabajo. Desestima la reconsideración y confirma los oficios recurridos.

  • 31 de julio de 2026

    Dictamen N° OF144616

    La Contraloría concluye que la funcionaria debe devolver solo la asignación de septiembre a diciembre de 2023, con reajustes y multa no condonable, y nada por 2024, pues la inhabilidad no se aplica retroactivamente.

Todos los pronunciamientos sobre Asignaciones y Sobresueldos

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium