Contraloría General de la República · N° 010803N16
Dictamen N° 10.803, de 10 de febrero de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 10.803 Fecha: 10-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños causados en el furgón fiscal Z-6207, conducido por su funcionario, señor Mauricio Ernesto Escobar Merino, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 21 de febrero de 2015, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió en el referido vehículo hasta el sector Los Galpones, en la comuna de San Carlos, con la finalidad de prestar cooperación en un procedimiento por violencia intrafamiliar; una vez en el lugar, un individuo, sin mediar provocación, le lanzó una piedra al parabrisas del aludido vehículo, quebrándolo. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 18, de 2015, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascendieron a la suma de $188.980, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Mauricio Ernesto Escobar Merino, por los daños causados en el furgón fiscal Z-6207. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 010803N16, de 10 de febrero de 2016.
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