Contraloría General de la República · N° 057550N14
Dictamen N° 57.550, de 29 de julio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 57.550 Fecha: 29-VII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal AP-1403, conducida por su funcionario, señor Javier Alejandro Mansilla Triviño, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 25 de agosto de 2013, el aludido servidor se desplazaba en el referido móvil por la Avenida Independencia, y próximo a la calle Arturo Prat, en la comuna de Mostazal, fue colisionado por un automóvil particular que circulaba por la mencionada avenida, cuyo chofer, en estado de ebriedad, se percató tardíamente de la presencia y proximidad de la camioneta policial, lo que la Subcomisaría de Investigación de Accidentes en el Tránsito y Carreteras, en su oficio N° 19, de 2013, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Graneros. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 203, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $928.200, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Javier Alejandro Mansilla Triviño, por los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1403; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 057550N14, de 29 de julio de 2014.
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