Contraloría General de la República · N° 005119N13
Dictamen N° 5.119, de 23 de enero de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 5.119 Fecha: 23-I-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al minibus fiscal AB-389, conducido por su funcionario, señor Elías Simón Parra Valenzuela, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 11 de marzo de 2012, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por Avenida Vicuña Mackenna, y al llegar a la intersección con Avenida Camino Agrícola, en la comuna de Macul, un grupo de personas, de forma sorpresiva, comenzó a lanzar piedras en contra de dicho vehículo, una de las cuales impactó en el parabrisas, quebrándolo. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 127, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $80.920, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Elías Simón Parra Valenzuela, por los daños ocasionados en el minibus fiscal AB-389. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 005119N13, de 23 de enero de 2013.
Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
-
Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.
-
La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.
Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.