Contraloría General de la República · N° 005594N12
Dictamen N° 5.594, de 27 de enero de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 5.594 Fecha : 27-I-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Jeannette Soledad Medina Díaz, ex funcionaria del Hospital Exequiel González Cortés, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur, solicitando un pronunciamiento sobre el derecho que le asistiría para percibir el pago del aguinaldo de Fiestas Patrias correspondiente al año 2011. Requerido su informe, el mencionado complejo hospitalario manifiesta, en síntesis, que la interesada renunció voluntariamente a su empleo en el mes de septiembre de ese año, por lo que no tiene derecho al indicado beneficio. Sobre el particular, es menester señalar que el artículo 8° de la ley N° 20.486, concede el estipendio consultado por una sola vez a los trabajadores que al 31 de agosto de 2011, desempeñen cargos de planta o a contrata en las entidades a que se refiere el artículo 2°, de ese cuerpo legal, entre los que se encuentran los Servicios de Salud. Al respecto, cabe manifestar que del citado precepto se desprende que para la percepción del aludido emolumento es indispensable que el trabajador sirva, a la referida data, en alguna de las entidades y calidades que en el mismo se señalan. Pues bien, de los registros que obran en esta Entidad de Control aparece que la peticionaria se encontraba en funciones en dicho hospital a la fecha exigida por la norma, a saber, 31 de agosto de 2011, por lo que tiene derecho al beneficio que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 005594N12, de 27 de enero de 2012.
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