Contraloría General de la República · N° E412530N23
Dictamen N° E412530, de 6 de noviembre de 2023
Sumario
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato, entendiendo que las obras terminaron el 19 de febrero de 2011, y precisa que dicha liquidación fue suscrita solo por la Jefatura señalada.
Texto del pronunciamiento
N° E412530 Fecha: 06-XI-2023 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba la liquidación final del contrato “Reparación enlace norte puente Juan Pablo II, sobre el río Biobío, limite comunal entre Concepción y Hualpén, tramo Avda. Alessandri, zona de enlace norte puente Juan Pablo II y Avda. Costanera, zona de enlace norte puente Juan Pablo II, comunas de Concepción y Hualpén, Región del Biobío”, en el entendido que, en conformidad a lo sostenido en las minutas de 16 de octubre de 2020, suscrita por el inspector fiscal, y de octubre de 2020, de la Jefa del Departamento de Administración y Gestión de Contratos, de la Subdirección de Obras, de la Dirección de Vialidad -relacionadas con el oficio N° 235, de 2019, de este origen-, así como sus antecedentes adjuntos, el término de las obras fue el 19 de febrero de 2011. Además, cumple con precisar que la liquidación del contrato fue únicamente suscrita por la Jefatura ya singularizada, y no como se consigna en los vistos. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E412530N23, de 6 de noviembre de 2023.
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