Contraloría General de la República · N° E111726N25
Dictamen N° E111726, de 3 de julio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de servicios de impresión, con alcances: el pago debe ser en 30 días desde la factura, la imputación debe indicar el monto del presupuesto vigente y los pagos futuros requieren disponibilidad presupuestaria.
Texto del pronunciamiento
N° E111726 Fecha: 03-07-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la modificación del contrato suscrito con la empresa Servicios y Soluciones Integrales SpA, para el servicio de impresión, escaneo y copiado a nivel nacional, pero cumple con hacer presente que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 133 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, el plazo para efectuar el pago respectivo es de treinta días desde la fecha de recepción de la factura, lo que no se ha señalado en esos términos en el párrafo quinto de cláusula quinta convenio de la especie. Además, que, en lo sucesivo, en la imputación deberá señalarse el monto cargado al presupuesto del año en curso, no siendo suficiente la remisión al respectivo certificado de disponibilidad presupuestaria, como se hace en el resuelvo N° 2 de dicho acto. Asimismo, atendida la duración del convenio que se viene aprobando, los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros solo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos, lo que se ha omitido consignar en el documento en estudio (aplica el oficio N° 24.240, de 2019). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E111726N25, de 3 de julio de 2025.
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