Contraloría General de la República · N° 057415N16
Dictamen N° 57.415, de 4 de agosto de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 57.415 Fecha: 04-VIII-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que adjudica el contrato “Obras de rehabilitación sistema de riego embalse Huechún, comuna de Melipilla, región Metropolitana”, por cuanto el rechazo de la oferta de uno de los licitantes por la sola circunstancia de no presentar las copias de la oferta técnica, no resulta concordante con el dictamen N° 90.883, de 2015, de este origen. Enseguida, lo dispuesto en el punto b) de la aclaración N° 3, en orden a que para la implementación del libro de obras digital, la firma del profesional residente será de cargo de la Dirección General de Obras Públicas, no se aviene con lo preceptuado en el artículo 110 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, que precisa, en lo que importa, que el contratista debe digitalizar la firma del profesional residente del contrato. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 057415N16, de 4 de agosto de 2016.
Más sobre Licitación y Ejecución de Obras
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza el trato directo y aprueba el contrato del proyecto de conservación del sistema de control de tránsito, ordenando al servicio aclarar la justificación de rubros ajenos al objeto, precisar el monto máximo y corregir cláusulas imprecisas.
-
La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Licitación y Ejecución de Obras
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.