Contraloría General de la República · N° 016154N16
Dictamen N° 16.154, de 1 de marzo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 16.154 Fecha: 01-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Sergio Torres Henríquez, reclamando que la Presidencia de la República no le ha proporcionado los antecedentes a que alude, los que han sido requeridos de acuerdo con la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. Sobre el particular, cabe manifestar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado -cuyo texto fue aprobado por el artículo primero de la citada ley N° 20.285-, que el Consejo para la Transparencia es la entidad competente para amparar el derecho de acceso a la información cuando es denegado por la autoridad administrativa, en el plazo y en la forma señalada en ese precepto, como asimismo, para imponer las respectivas sanciones por la no entrega oportuna de los datos requeridos, según lo prevé el artículo 49 de aquel texto legal. Atendido lo anterior, este Organismo Fiscalizador se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, toda vez que es el aludido Consejo quien debe conocer los reclamos como el de la especie, por lo que en virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, se remite a ese órgano colegiado una copia de la presentación de que se trata, con sus antecedentes, para los fines que sean procedentes. Transcríbase copia del presente oficio, con la remisión de los antecedentes correspondientes, al Consejo para la Transparencia. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 016154N16, de 1 de marzo de 2016.
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