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Contraloría General de la República · N° 007310N15

Dictamen N° 7.310, de 27 de enero de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 7.310 Fecha : 27-1-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Héctor Pozo Faúndez, exfuncionario de la Fuerza Aérea, asistido por don Franz Möller Morris, abogado de la Oficina Especializada de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, reclamando en contra de su eliminación por haber determinado la Comisión de Sanidad de aquélla, que no era apto para el servicio, lo que, en opinión de esa institución castrense y de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, se ajustó a la normativa que regula la materia. En primer término, en cuanto a su disconformidad con lo resuelto por esa comisión, es conveniente anotar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 234, inciso primero, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, y como fue precisado en los dictámenes N os 65.163, de 2010 y 80.777, de 2011, de este origen, entre otros, que el organismo competente para determinar el estado de salud de los empleados de la Fuerza Aérea, es ese cuerpo colegiado, sin que a esta Contraloría General le corresponda revisar los antecedentes clínicos que sustenten el informe emitido por aquel, dado su carácter especializado y técnico. Luego, respecto de la supuesta vulneración de su derecho a defensa, pues no habría podido objetar el pronunciamiento de ese ente sanitario, es dable hacer presente que ello no es efectivo, pues en la documentación tenida a la vista, consta que el peticionario sí impugnó tal decisión y que dicha comisión denegó su reclamo. Enseguida, en lo que atañe a que el decreto que ordenó su retiro absoluto, a su juicio, carecería de fundamento, es útil anotar que de su examen se advierte que en él se señalan las normas que facultan a la autoridad para adoptar la medida en cuestión, toda vez que el referido cuerpo colegiado resolvió que el señor Pozo Faúndez no poseía una salud apta para el servicio, por lo que se rechaza esta alegación. En consecuencia, cabe concluir que la desvinculación del señor Héctor Pozo Faúndez, se ajustó a derecho. A su turno, acerca de la legalidad de los descuentos realizados a su pensión de retiro por concepto de cese de sueldo en actividad, es dable hacer presente que el dictamen N° 31.720, de 2012, de este origen, precisó que dicho beneficio, esto es, percibir la indicada remuneración con posterioridad a su alejamiento, tiene por objetivo impedir que las personas se vean privadas de recibir rentas mientras tramitan sus respectivos expedientes jubilatorios, supuesto que no se verificó en la especie. En efecto, según los antecedentes tenidos a la vista, al recurrente se le enteró su pensión retroactivamente, a contar del día siguiente a su desvinculación, por lo que aquél no estuvo desprovisto de ingresos por el mencionado período, siendo procedente, por consiguiente, que reintegrara las sumas percibidas indebidamente por sueldo en actividad. Por otra parte, en cuanto a su petición de reincorporación, cumple con exponer, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60, inciso final, de la ley N° 18.948, que únicamente pueden hacerlo quienes se encuentran acogidos a retiro temporal, lo que no sucede en el caso del señor Pozo Faúndez, pues el alejamiento por imposibilidad física, con arreglo a lo previsto en el artículo 54, letra a), del mismo ordenamiento jurídico corresponde a un retiro absoluto. Finalmente, acerca de su solicitud de antecedentes relacionados con el actuar de la Fuerza Aérea frente a diversos hechos que le afectaron, es dable señalar que de conformidad con el artículo 10 de la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285, toda persona tiene derecho a requerir y recibir información de cualquier órgano del Estado, siendo competente para conocer reclamos como el de la especie el Consejo para la Transparencia, acorde con el artículo 24 de ese texto legal. Transcríbase al señor Franz Möller Morris, a la Fuerza Aérea y a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 007310N15, de 27 de enero de 2015.

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