Contraloría General de la República · N° 031585N17
Dictamen N° 31.585, de 30 de agosto de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 31.585 Fecha: 30-VIII-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón del instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Mejoramiento Ruta T-85, Sector Varios Tramos en Lago Ranco - Calcurrupe, Tramo I: Ilihue (Dm 8.740,00 - Dm 22.543,10), Tramo II: Nilahue - Calcurrupe (Dm 31.060,00 - Dm 40.649,71), Comuna de Lago Ranco, Provincia de Ranco, Región de Los Ríos”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- Se omite acompañar antecedentes que sirvan de fundamento a la modificación sancionada mediante la resolución exenta N° 1.443, de 2015, de esa dirección, en particular los referentes a la entrega atrasada de los lotes expropiados, como asimismo, del derrumbe de un talud de aproximadamente 25 metros al borde del Lago Ranco, que produjo cortes en el camino por varios días, y que justificarían la proporcionalidad del aumento de plazo de 90 días, aprobados por tal resolución. 2.- No fue remitida la documentación que permitan verificar el cumplimiento de la resolución exenta N° 743, de 2011, de la Dirección de Vialidad, relativa a "Nuevos Criterios Sísmicos para el Diseño de Puentes en Chile", teniendo presente que fue necesario actualizar nueve puentes y que dicho objeto fue el sustento de la modificación sancionada mediante la resolución exenta N° 1.560 de 2014, de esa dirección. 3.- Enseguida, se requieren mayores antecedentes y detalle acerca de los motivos en virtud de los cuales el proyecto ejecutado presentó características diversas a las indicadas en el proyecto licitado, así como que no se haya contemplado originalmente en dicho proyecto -en lo que sea procedente- los distintos fundamentos objeto de las variaciones aprobadas, que significó un importante incremento del contrato. Por último, también son necesarios los antecedentes que den cuenta de la reclamación que habría efectuado la empresa en el marco del singularizado contrato, lo que resulta relevante a los efectos del análisis de juridicidad que debe efectuarse del presente acto administrativo. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031585N17, de 30 de agosto de 2017.
Más sobre Liquidación, Recepción y Retenciones
-
La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación de rutas en Alto del Carmen, dejando constancia de que debe restituirse las garantías por canje de retenciones, lo que se omitió consignar.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución N° 19, de 2025, y aprueba la liquidación final del contrato de normalización del Aeropuerto Andrés Sabella, teniendo presente el sumario administrativo por la imputación presupuestaria errónea.
Todos los pronunciamientos sobre Liquidación, Recepción y Retenciones
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.