Contraloría General de la República · N° 091966N14
Dictamen N° 91.966, de 26 de noviembre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 91.966 Fecha: 26-XI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Marisol Morales Alcaíno, funcionaria de la Superintendencia de Valores y Seguros, solicitando un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho a percibir la asignación profesional. Requerido de informe, ese organismo manifestó, en síntesis, que el sistema remuneratorio que lo rige, no contempla el pago del referido estipendio a sus empleados. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, concede el anotado emolumento a los servidores que desempeñen una jornada de trabajo de 44 horas semanales, en alguna de las entidades mencionadas en los artículos 1° y 2° del decreto ley N° 249, de 1973, que acrediten la posesión de un título profesional y cumplan con las otras condiciones que allí se detallan. Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 8° y 19 del decreto ley N° 3.551, de 1980, el citado artículo 3° no resulta aplicable al personal de esa institución fiscalizadora, motivo por el cual es dable concluir, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 20.794, de 2004, de este origen, que la peticionaria carece del derecho a impetrar el beneficio en consulta. Transcríbase a la Superintendencia de Valores y Seguros. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 091966N14, de 26 de noviembre de 2014.
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