Contraloría General de la República · N° E336386N23
Dictamen N° E336386, de 21 de abril de 2023
Sumario
La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado del contrato de obra por retraso injustificado, aunque instruye que en lo sucesivo tales actos detallen las circunstancias precisas de la causal y acompañen el análisis técnico del porcentaje de atraso.
Texto del pronunciamiento
N° E336386 Fecha: 21-IV-2023 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del epígrafe, que pone término anticipado con cargo por retraso injustificado, según lo exigido en el artículo 151 letra d), en relación con el artículo 161, ambos del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas- al contrato “Reposición Ruta 1, Sector Pabellón de Pica – Aeropuerto, Tramo 3: Patillo – Aeropuerto, KM. 354,2 al KM. 372,7, comuna de Iquique, provincia de Iquique, Región de Tarapacá”, teniendo presente en relación a las observaciones formuladas en el oficio N° E312887, de 2023, lo manifestado en la minuta N° 3, de 14 de marzo de 2023, suscrita por el inspector fiscal, y sus documentos adjuntos. Sin perjuicio de lo anterior, se reitera a esa dirección, tal como se ha indicado, entre otros, en los oficios Nos 5.229, de 2018, 16.112, de 2019, E184300, de 2022, E311293, E297370 y E335056, de 2023, todos de este origen que, en lo sucesivo, los actos administrativos que dispongan el término anticipado de un contrato deben detallar con claridad las circunstancias precisas que den cuenta de la causal de término anticipado que se aplique en cada caso. Además, al invocar causales como la de la especie, se deberá acompañar el respectivo análisis técnico que dé cuenta del porcentaje de atraso de las obras respecto de lo establecido en el programa de trabajo vigente al momento que se verifique la causal, teniendo en consideración las situaciones particulares de cada contrato. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E336386N23, de 21 de abril de 2023.
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