Contraloría General de la República · N° 036197N13
Dictamen N° 36.197, de 10 de junio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 36.197 Fecha: 10-VI-2013 A través del dictamen N° 44.785, de 2012, este Órgano de Control, ratificando el oficio N° 1.374, de 2011, de la Contraloría Regional de Los Ríos, determinó que de los documentos del contrato “Reposición y Mejoramiento Área de Embarque Aeródromo Pichoy de Valdivia” -adjudicado por la resolución N° 1, de 2010, de la Dirección de Aeropuertos de esa región a la empresa Constructora Luis Navarro S.A.-, se advierte que la colocación del panel tipo Prodema se contemplaba en los forros de alero de la totalidad del edificio, incluyendo tanto las áreas de reposición y mejoramiento como las de ampliaciones a ejecutar, por lo que tal instalación debía efectuarse en esos términos. Ahora bien, por el documento de la referencia, don Jorge Norambuena Hernández, en representación, según expone, de la mencionada empresa contratista, requiere la reconsideración del referido pronunciamiento, formulando diversas consideraciones de carácter técnico que, en lo sustancial, apuntan a establecer que la instalación de la aludida materialidad no debía efectuarse en el edificio en general, sino que limitarse a algunas áreas de la obra. Sobre el particular, y teniendo presente lo informado, a requerimiento de esta Entidad Fiscalizadora, por la Dirección de Aeropuertos, es del caso manifestar que para la emisión del dictamen de que se trata se tuvieron en cuenta, entre otros argumentos, los que expresa el recurrente en la presentación del rubro, por lo que, atendido que en esta ocasión el interesado no aporta antecedentes o elementos de juicio diferentes a los ya ponderados en aquella oportunidad que permitan variar lo concluido sobre la materia en dicho oficio, no cabe sino confirmar el criterio contenido en éste. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 036197N13, de 10 de junio de 2013.
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