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Contraloría General de la República · N° 064989N11

Dictamen N° 64.989, de 14 de octubre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 64.989 Fecha:14-X-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso la resolución N° 123, de 2011, del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, que aplica la medida disciplinaria de censura al señor Juan Carlos Treiman Valdés y de multa de un 15% de su remuneración mensual a don Rolando Urtulla Robles y Leonel Tapia Michea, al término del sumario administrativo ordenado instruir mediante la resolución exenta N° 336, de 2007, de ese origen, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, según se advierte del expediente sumarial acompañado, la notificación de la resolución exenta N° 2.271, de 2010, que aplicó la aludida sanción al señor Urtulla Robles, no cumplió con lo dispuesto por el artículo 131 de la ley N° 18.834, puesto que si bien las correspondientes búsquedas fueron practicadas, la carta certificada fue enviada al primer domicilio informado por el inculpado a fojas 42 del proceso y no al que señaló en su segunda declaración de fojas 275, sin que se advierta que ese servidor haya realizado posteriormente alguna acción o trámite que permita tenerlo por notificado tácitamente de la citada resolución N° 2.271, de 2010, de conformidad con lo prescrito en el artículo 47 de la ley N° 19.880, lo que importa, en último término, afectar el derecho a defensa del imputado, criterio que resulta conforme con lo expresado en el dictamen N° 42.695, de 2010, de este Ente Contralor. En mérito de lo anteriormente, expuesto, se representa el acto administrativo señalado en la suma, con el objeto que se adopten las medidas tendientes a subsanar el reparo indicado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 064989N11, de 14 de octubre de 2011.

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