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Contraloría General de la República · N° 064283N11

Dictamen N° 64.283, de 12 de octubre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 64.283 Fecha: 12-X-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, para solicitar un pronunciamiento que determine si los títulos de Ingeniero de Ejecución en Computación, otorgado por la Universidad Austral de Chile y de Asistente Social, de la Pontificia Universidad Católica de Chile, habilitan a sus titulares para percibir el beneficio de asignación profesional. Sobre el particular, es menester recordar que este Organismo de Control ha informado, mediante los dictámenes N os 19.746, de 2003 y 2.373, de 2011, que los diplomas consultados revisten el carácter de profesionales. Enseguida, en cuanto al derecho a gozar de la asignación profesional, cabe señalar que de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8°, de la ley N° 19.699, aquélla favorece a los funcionarios de las entidades que indica y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. En este contexto, la jurisprudencia ha precisado, entre otros, en los dictámenes N os 42.360, de 2011 y 52.093, de 2006, de este origen, que los nuevos requisitos copulativos requeridos por la legislación para tener derecho a percibir la asignación profesional, sólo tienen que ser satisfechos por aquellos servidores que se hubieren titulado en sus respectivas carreras profesionales con posterioridad al 16 de noviembre del año 2000, data de entrada en vigencia de la citada ley N° 19.699. En consecuencia y considerando que los mencionados títulos profesionales fueron otorgados a sus respectivos titulares en los años 1984 y 1998, resulta forzoso concluir que les asiste el beneficio económico de que se trata, sin necesidad de cumplir las nuevas exigencias indicadas, en la medida, por cierto, que reúnan los demás requisitos legales establecidos al efecto. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 064283N11, de 12 de octubre de 2011.

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