Contraloría General de la República · N° 031640N16
Dictamen N° 31.640, de 27 de abril de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 31.640 Fecha: 27-IV-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueban las bases administrativas y demás antecedentes para la contratación de las “Obras civiles de modificación y ampliación DRMS Sur”, en atención a las siguientes observaciones: I.- Bases Administrativas, parte I: 1.- En el punto 3.3.1, segundo cuadro, criterio E., se cita el N° 3.6 de las Bases Administrativas parte II, que no corresponde con lo allí consignado. 2.- En el numeral 4.8, se alude al punto 1.1.5.1, de las bases técnicas, que no existe. II.- Bases Técnicas: 1.- Se observan citas incompletas de normas en el punto 0.8.1, como también la alusión a un reglamento derogado en el punto 0.13.1.1. 2.- En el punto 1.1.10.2, no corresponde que el cambio del Jefe de Obra no deba ser justificado. 3.- El proyecto de obra no cumple con la distancia mínima de traslado de los extintores de incendios, según lo establecido en el artículo 46, del decreto N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. 4.- En el punto 3.3 del Informe de Mecánica de Suelos, se define la clasificación del suelo como tipo B, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto N° 61, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el Reglamento que Fija el Diseño Sísmico de Edificios, atendido que existirían más de 30 metros de grava bajo fundaciones sin que sus antecedentes den cuenta de dicha circunstancia. Asimismo, en el punto 1.3, Marco de Referencia, letra f), se mencionan otros estudios geotécnicos realizados en el lugar sin que éstos se adjunten. 5.- Se ha omitido sancionar el plano DET-07, que se acompaña a los antecedentes. III.- Otros: 1.- No se han inutilizado los espacios y páginas en blanco, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, tal como se ha manifestado en los dictámenes N os 23.250, de 2014 y 94.114, de 2015, entre otros, de este Órgano de Control. 2.- Se hace presente que la resolución N° 8, de 2016, regulaba la misma materia y fue retirada del trámite de control preventivo de legalidad por ese Servicio. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031640N16, de 27 de abril de 2016.
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