Contraloría General de la República · N° E116927N25
Dictamen N° E116927, de 11 de julio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con MSLI Latam Inc. para licenciamiento Microsoft, con alcances: si se ejecuta la garantía por multa impaga debe restituirse el excedente, y procede terminar anticipadamente el contrato en los casos legales indicados.
Texto del pronunciamiento
N° E116927 Fecha: 11-07-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el contrato suscrito con la empresa MSLI Latam Inc., para la contratación de los servicios de licenciamiento de Microsoft Corporation, pero es del caso puntualizar que, si se ejecuta la garantía de fiel y oportuno cumplimiento por no haber pagado el proveedor una multa, facultad consagrada en la cláusula novena de ese acuerdo de voluntades, corresponderá restituir al contratista el excedente, si lo hubiere, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución (aplica el oficio N° E22366, de 2025, de este origen). A su vez, la autoridad deberá tener en cuenta que corresponderá poner término anticipado al contrato, en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos, como también en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393. Finalmente, y en relación con la subcontratación, contenida en la cláusula decimoprimera, se deberá tener presente la regulación contenida en el artículo 128 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo individualizado en el epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E116927N25, de 11 de julio de 2025.
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