Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 048860N12

Dictamen N° 48.860, de 9 de agosto de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 48.860 Fecha: 09-VIII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en los vehículos RP-1744, LA-022 y AG-031 y en otras especies fiscales, de cargo de la 2ª Comisaría San Felipe, que se encontraban bajo la custodia de los funcionarios de esa institución policial, señores David Hamid Araya Franchini, Manuel Francisco Bruzon Keil y Fernando Alejandro Maldonado Velásquez, respectivamente, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquéllos. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 27 de febrero de 2010, producto del terremoto que afectó a la zona centro sur, se produjo el desplome de una muralla del estacionamiento de vehículos de la referida unidad policial, el cual cayó sobre los referidos móviles fiscales, ocasionándoles diversos daños. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, en el caso de la grúa AG-031, ascendió a la suma de $13.075.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio; mientras que en el caso de los móviles LA-022 y RP-1744, correspondieron a los valores de $53.900.500 y $6.479.945, resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de sus órdenes N os 156 y 174, de 2010, dar de baja estos últimos bienes. Por su parte, los daños del equipamiento de los mencionados vehículos, según el oficio N° 1.773, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, agregado a fojas 225 de autos, habrían sido por un monto total de $2.367.125 más IVA, siendo propuestos para su baja. Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de la atribución que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil a los funcionarios de Carabineros de Chile, señores David Hamid Araya Franchini, Manuel Francisco Bruzon Keil y Fernando Alejandro Maldonado Velásquez por los daños ocasionados en los móviles RP-1744, LA-022 y AG-031 y en su respectivo equipamiento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 048860N12, de 9 de agosto de 2012.

Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186259

    La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D385

    Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.

  • 27 de julio de 2026

    Dictamen N° OF141098

    La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.

Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium