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Dirección del Trabajo

Ordinario, de 20 de agosto de 2014

ORD. Nº3221 — ORD. Nº3221 Trabajadores de casa particular; Calificación; Informa calificación

Sumario

ORD. Nº3221 Trabajadores de casa particular; Calificación; Informa calificación de contrato de trabajo del trabajador Carlos Alberto Gonomes Villarroel.

Texto del pronunciamiento

des Gatita de Qi 3 2 2 1 [RECCIÓN DEL TRABAJO ORD.: O DEPARTAMENTO JURIDICO K 8938(1598)2014 MAT.: Informa calificación de contrato de trabajo del trabajador Carlos Alberto Gonomes Villarroel. . V > Qu CO ANT.: 1) Ord. N? 913, de 24.07.2014, de Inspector

Provincial del Trabajo de Valdivia; :

2) Informe de 08.07.2014, de Fiscalizador Paulo A.

Gutiérrez Menschel;

3) Ord. N* 1905, de 23.05.2014, de Director del Trabajo;

4) Presentación de 30.04.2014, de Sr. Dino Paolo

Fantoni Salas.

SANTIAGO,

DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 20 A60 29% A : SR.DINO PAOLO FANTONI SALAS

NUEVA COSTANERA N* 3698 OF. 701

VITACURA.

Mediante Ord. N* 1905, de 23.05.2014, del Ant. 3), se informó a Ud. que atendido lo dispuesto en los incisos 1% y 3% del artículo 146 del Código del Trabajo, el Inspector del Trabajo respectivo era competente para calificar, en caso de duda, si el contrato de trabajo por el cual Ud. consultó en presentación del Ant. 4 ), con el dependiente Carlos Alberto Gonomes Villarroel, quien desempeña labores de cuidador y mantención de áreas verdes en su casa ubicada en la comuna de Futrono, de Valdivia, correspondía al de trabajador de casa particular, por lo que para estos efectos se remitió los antecedentes a la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, a fin de que efectuara la indicada calificación.

Sobre el particular, cúmpleme expresar a Ud. que por informe del Ant. 2), del Fiscalizador Paulo A. Gutiérrez Menschel, se concluye que las labores ejecutadas por el trabajador Carlos Alberto Gonomes Villarroel en el domicilio de La Puntilla s/n Hijuela N* 2, de Futrono, de su propiedad, no

. corresponden a las de trabajador de casa particular, por lo que no está afecto a la normativa especial de estos trabajadores prevista en los artículos 146 y siguientes del Código del Trabajo.

Se fundamenta el informe de fiscalización en que se pudo verificar que el trabajador mencionado realiza labores de cuidador de las casas de la Hijuela NO 2, y a la vez, controla las labores del jardinero, desempeñadas por el trabajador Adrián Rebello; mantiene y prepara la lancha que pertenece a Ud.; compra los insumos para la mantención de los jardines, y administra una caja para gastos por $ 400.000 mensuales que Ud. le suministra.

De esta forma, como las labores señaladas no corresponden a trabajos de aseo y asistencia propios o inherentes al hogar para calificar al trabajador que los ejecuta como trabajador de casa particular, necesario se hace concluir, como lo hace el Fiscalizador mencionado, que el trabajador Carlos Alberto Gonomes Villarroel se encuentra sujeto a la normativa general sobre contrato de trabajo ordinario del Código del Trabajo.

2

Se hace presente, que conforme a lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 146, del indicado Código, de la calificación del Inspector del Trabajo podrá reclamarse ante el Director del Trabajo, de ser el caso.

De consiguiente, de acuerdo a lo expresado, deberá regularizarse la situación contractual del trabajador de que se trata, como igualmente, lo referido a sus cotizaciones previsionales en el Instituto de Previsión Social IPS.

Saluda a Ud.

t k [SD SA [ON JOSÉ FRANCISCO CASTRO CAS E NEFEYS ABOGADO A Y . JEFE DEPARTAMENTO JURÍDIC Es .- ES) £ DIRECCIÓN DEL TRABAJO O JU G/JDM/¡dm tribución: - Jurídico - Partes - Control - Inspector Provincial de! Trabajo de Valdivia

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario, de 20 de agosto de 2014.

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