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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 5378, de 3 de noviembre de 2016

ORD. N°5378 — ORD. N°5378 Documentación laboral; Suscripción por medios electrónicos; Administ

Sumario

ORD. N°5378 Documentación laboral; Suscripción por medios electrónicos; Administración y gestión conjunta del sistema computacional; Atiende presentación de Sr. Jorge Gutiérrez Morales, en representación de empresa Acepta.com S.A., sobre documentación laboral electrónica.

Texto del pronunciamiento

»ér ¿En Dirección del y E ea Trabaja s ¡Gobierno de Cbrile Po DEPARTAMENTO TIE pad diremos did eh 3 £Ó 0RD:._— / MAT.: Atiende presentación de Sr. Jorge Gutiérrez Morales, en representación de empresa y Acepta.com S.A., sobre documentación / laboral electrónica. / ANT.: 1) Correo electrónico de 07.10.2016, de Sr / Gonzalo Toledo Brito. / 2) Instrucciones de 21.09.2016, de Jefa / Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 3) Presentación de 12.08.2016, de Sr. Jorge Gutiérrez Morales, en representación de empresa Acepta.com S.A. SANTIAGO, DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 03 NOV ¿0% A : SR, JORGE GUTIÉRREZ MORALES GERENTE COMERCIAL ACEPTA.COM S.A. AVENIDA PROVIDENCIA N*1760, PISO 7 PROVIDENCIA/

Mediante su presentación del antecedente 3), complementada a través de correo electrónico de antecedente 1), solicita un pronunciamiento de este Servicio, respecto de diversas consultas relacionadas con la posibilidad de firmar a través de medios electrónicos la documentación que emana de las relaciones laborales.

Al respecto, cúmpleme informar a usted lo siguiente:

1.- En cuanto a su primera consulta, vale decir, qué documentos pueden ser expedidos y rubricados con firma electrónica simple, cabe señalar que mediante dictamen N*0789/15, de 16.02.2015, esta Dirección ha indicado que todos los documentos emanados de la relación laboral pueden ser suscritos a través de los medios consultados, con excepción de la carta de aviso de término de contrato, por así disponerlo el artículo 162 del Código del Ramo.

En relación al denominado derecho a saber, debe tenerse en consideración que pueden firmarse por medios electrónicos el registro de asistencia de los dependientes a las respectivas actividades, y entregarse por los mismos medios los documentos pertinentes, pero la presencia física de los participantes en las capacitaciones o charlas se estima esencial.

2 2-. Respecto a la firma matricial de la documentación, vale decir, la posibilidad de que trabajadores de diferentes empleadores firmen instrumentos utilizando un equipo común, cabe indicar que esta Dirección no ve reparos jurídicos al respecto, en la medida que se cumplan los siguientes requisitos:

2.1-. Que los respectivos software a utilizar cumplan con las exigencias contenidas en los citados dictámenes N%696/027, de 24.01.96 o en el dictamen N*1140/027, de 24.02.2016, si se trata de registros de asistencia o, en el dictamen N*789/15, de 16.02.2015, sobre documentación laboral electrónica.

2.2- Que la información registtada por los trabajadores sea gestionada y administrada de manera separada por el sistema, a fin de que cada empleador sólo tenga acceso a los antecedentes de sus trabajadores, para lo cual la plataforma deberá contar con las pertinentes medidas de seguridad.

Cabe agregar que, aunque el sistema electrónico de registro y control de asistencia y horas de trabajo sea compartido, la responsabilidad de llevar correctamente dicho registro sigue estando radicada legalmente en el empleador, respecto de los trabajadores de su dependencia.

De este modo, en la medida que el sistema propuesto cumpla con las condiciones indicadas en los párrafos transcritos, será válida su utilización.

3-. En cuanto a la posibilidad de firmar con un PIN generado a través de un proceso basado en biometría, es dable señalar que de acuerdo a la información acompañada el procedimiento informado se ajusta a la doctrina vigente de este Servicio sobre la materia. Sin embargo, cabe recalcar que el sistema debe necesariamente permitir que el dependiente cambie el PIN las

veces que lo estime pertinente, pues él debe tener control respecto de su firma electrónica.

Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.

Saluda a Uad.,

| E Ñ ——I ON SN JOSÉ FRANCISCO CASTRO CA BRO NA ABOGADO CISCILEFEJS

JEPE DEPARTAMENTO JURÍD So De

So D CIÓN DEL TRABAJO OS ¡RC istribución: - Jurídico - Partes - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 5378, de 3 de noviembre de 2016.

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