Dirección del Trabajo
Ordinario N° 1829, de 12 de abril de 2018
ORD. N°1829 — ORD. N°1829 Instrumento colectivo; Interpretación; Tribunales de Justicia; Atien
Sumario
ORD. N°1829 Instrumento colectivo; Interpretación; Tribunales de Justicia; Atiende solicitud de aclaración de Ordinario Nº 1431 de 16.03.2018
Texto del pronunciamiento
ZN a a SAN Trabajo: e Gobierno de Chuts: DEPARTAMENTO JURÍDICO UNIDAD DE DICTÁMENES E INFORMES EN DERECHO K 3450 (709) 2018 . 12%09 e EA e j 4 Py A A as ORD.: / MAT.: Atiende solicitud de aclaración de Ordinario N* 1431 de 16.03.2018 ANT.: Presentación de 27.03.2018, de don Miguel González Molina. V SANTIAGO, eS ” ( 12 ABR 2018 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO A : MIGUEL GONZÁLEZ MOLINA SUBGERENTE PERSONAL Y RELACIONES LABORALES WATTS SA miguel.gonzalezQwatts.cl
Mediante presentación del antecedente, ha solicitado aclaración del Ordinario N* 1431 de 16.03.2018, el que a su juicio contendría conclusiones contradictorias, y no otorgaría precisión a las partes respecto a la forma en que debiera cumplirse el contrato colectivo.
Al respecto cabe señalar en primer término, que este Servicio mediante Ordinario N* 1431 de 16.03.2018, informó lo siguiente:
*...la sustitución del envase de uno de los productos que componen la canasta familiar solo implicará el reemplazo de la cosa debida, en la medida que se vean alteradas las cualidades esenciales del producto, tales como cantidad, calidad o características alimentarias del producto. Ahora bien, en caso de existir una disminución de la avaluación pecuniaria que las partes al suscribir el contrato colectivo han otorgado al producto, el empleador deberá compensar la diferencia de precio con otro bien acordado con los trabajadores”.
De lo anterior, se advierte que no existe contradicción en las conclusiones informadas, puesto que se analizan dos situaciones hipotéticas de distinta índole, una referida a la modificación de las cualidades alimentarias del bien, y otra, atinente a su cambio de apreciación pecuniaria.
Sin embargo, procede aclarar que no corresponde a este Servicio definir para el caso concreto la manera en que las partes acuerden la sustitución de un bien que compone la canasta familiar, resultando ser una materia que — bajo ciertas circunstancias- recae de manera exclusiva al consentimiento de los contratantes.
Ahora bien, las controversias que pudieran suscitarse respecto al sentido del contrato, y al cumplimiento total y oportuno de las obligaciones que
. » 3 de él derivan, exigen el análisis de elementos probatorios, en una instancia controversial, propia del conocimiento de los Tribunales de Justicia. En consecuencia, sírvase tener por atendida su petición de aclaración. Saluda a Ud., E - - N DEZ oo SON = £S ERE OSÉ FRANCISCO CASTRO CASTR( l zz > ABOGADO N Ss ES JEFE/DEPARTAMENTO JURÍDICO 70 os DJRECCIÓN DEL TRABAJO leelo Distribución: - Jurídico - Inspección del Trabajo Maipo - Partes - Control
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1829, de 12 de abril de 2018.
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