Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2117, de 2 de mayo de 2018
ORD. N°2117 — ORD. N°2117 Documentación laboral; Gestión y forma por medios electrónicos; Atie
Sumario
ORD. N°2117 Documentación laboral; Gestión y forma por medios electrónicos; Atiende presentación sobre utilización de sistema de firma y gestión documental electrónica.
Texto del pronunciamiento
| E DEPARTAMENTO 3 / 21 1 7 o K1262 (267) 2018 ORD.: E Ñ r O MAT.: Atiende presentación sobre utilización de sistema de firma y gestión documental electrónica.
ANT.: 1) Instrucciones de 13.04.2018 de Jefa Unidad de
| Dictámenes e Informes en Derecho. f 2) Ord. N*159, de 31.01.2018 de Inspectora | Comunal del Trabajo Santiago Oriente. | 3) Presentación de 30.01.2018, de Sr. Humberto | Riquelme Torres, en representación de Isapre | Cruz del Norte Ltda. en SANTIAGO,
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 02 MAY 2018
A : SR. HUMBERTO RIQUELME TORRES EMPRESA ISAPRE CRUZ DEL NORTE LTDA. EL TROVADOR 4285 LAS CONDES /
Mediante presentación del antecedente 3), usted ha solicitado autorización de este Servicio para implementar un sistema de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica, el cual se ajustaría a las exigencias dispuestas al efecto en el dictamen N*0789/015 de 16.02.2015.
Precisado lo anterior, cabe indicar que el sistema consultado, provisto por la empresa ACEPTA.COM S.A., fue analizado por esta Dirección concluyendo, a través de Ord. N*4348 de 11.11.2013, que el mismo se ajusta a las condiciones impuestas por el citado dictamen N*0789/015, por lo que no existe
m inconveniente en utilización en el contexto de las relaciones laborales.
Finalmente, es del caso indicar que no existen inconvenientes para implementar el sistema consultado de manera gradual, como señala su presentación por lo que, a su vez, no resulta necesario informar a este Servicio acerca de cada etapa del proceso.
Saluda a Ud.,
IN DEL POSEAN (SITO EA á ? Ml AE ¿ ; £ HSA O, g Jl id Ss sosÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO [ ABOGADO e ji JURÍDICO ECCIÓN DEL TRABAJO (ers Distribución: - Jurídico — Partes - Control
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2117, de 2 de mayo de 2018.
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La norma aclara que la empresa Safety Control Limitada no presentó antecedentes suficientes para evaluar si su sistema de documentación laboral electrónica "SAFETYCONTROL" cumple las condiciones técnicas exigidas, por lo que no puede emitirse el pronunciamiento solicitado.
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La norma aclara que no procede actualizar la titularidad del Ordinario N°1385 de 2019, pues los pronunciamientos sobre sistemas electrónicos de documentación laboral solo verifican su conformidad con las exigencias legales vigentes.
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La norma autoriza a Emkarap S.p.A. para usar y comercializar su sistema de documentación laboral electrónica "SAFMAG1", siempre que se implemente en los términos ya aprobados.
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