Saltar al contenido
Folium

Dirección del Trabajo

Ordinario N° 4659, de 4 de septiembre de 2018

ORD. N°4659 — ORD. N°4659 Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito; Atiende presentación

Sumario

ORD. N°4659 Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito; Atiende presentación que indica.

Texto del pronunciamiento

” sy P:) Dirección del pe Trabajo y Gobierno de Chile DEPARTAMENTO JURÍDICO DIRECCION DEL TRABAJO K7478(1851)18 AO ORD: 2 MAT.: Atiende presentación que indica. ANT.: 1) Ordinario N” 2136 de 08.08.18 del Sr. Director Regional del Trabajo Región / Metropolitana Poniente. / 2) Oficio N* 7383 de 26.06.18 de la Contraloría General de la República. 3) Oficio N* 1.566 de 25.03.18 de la Ilustre | Municipalidad de Cerro Navia. NX |] 4) Presentación de 15.01.18 de doña Pamela a Ximena Valdebenito Leiva. € SANTIAGO, D £ SEP 108 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S) DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SRA. PAMELA VALDEBENITO LEIVA SOTERO DEL RÍO N* 898 RECOLETA Mediante presentación del antecedente 4), reclama Ud. ante la Contraloría General de la República en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia que procedió a su desvinculación por aplicación de la causal de término de contrato contemplada en el artículo 48, letra g) de la ley N* 19.378, sin cumplir con uno de los requisitos de procedencia para la aplicación de la misma. Dicho órgano contralor remitió su presentación a esta Dirección por tener competencia respecto de dicho tipo de Corporaciones Municipales. Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente: Esta Dirección, de manera reiterada, entre otros, mediante dictamen N* 2510/113, de 16.06.04, ha señalado que carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de terminación

de contrato de trabajo de un funcionario regido por la ley N* 19.378, cuyo es su caso, correspondiendo su conocimiento y resolución a los Tribunales de Justicia.

Sin perjuicio de lo anterior se pudo verificar, de acuerdo a los antecedentes con que cuenta este Servicio, que había Ud. interpuesto reclamo N” 1318.2018.882, con fecha 10.01.18, y que fue citada a audiencia para el 15.02.18, ocasión en que fue A del plazo para recurrir a los Tribunales de Justicia para reclamar de su ceRp! E

| | Saluda atentamente h de. | dl] ROSAMEL GUTIERRE RIQUELME" SS y- JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)=—-= E: La DIRECCIÓN DEL|TRABAJO Nox _49/ PIMSGC/msge OA - Jurídico - Of. Partes X - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4659, de 4 de septiembre de 2018.

Más sobre Finiquito e Indemnizaciones

  • 27 de octubre de 2026

    Ordinario N° 499

    Las ausencias injustificadas no suspenden el contrato, por lo que ese mes igual cuenta entre los tres últimos para calcular el promedio de remuneraciones variables que sirve de base a la indemnización por término de contrato.

  • 31 de agosto de 2026

    Ordinario N° 378

    La norma establece que, bajo la Ley Nº19.378 (Estatuto de Salud), no corresponde otorgar finiquito al terminar un contrato de trabajo en una Corporación Municipal, ya que esa figura es exclusiva del Código del Trabajo.

  • 24 de febrero de 2026

    Dictamen N° 145/12

    La norma establece que los servicios prestados en hospitales públicos son válidos para calcular la bonificación por retiro voluntario de la Ley Nº20.919, aplicable a funcionarios de corporaciones municipales bajo el Estatuto de Salud.

Todos los pronunciamientos sobre Finiquito e Indemnizaciones

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium