Dirección del Trabajo
Ordinario N° 687, de 20 de febrero de 2019
ORD. N°687 — ORD. N°687 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control
Sumario
ORD. N°687 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Atiende solicitud de empresa ZKTeco Chile S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
Texto del pronunciamiento
pe] Dirección del E Trabajo | Enbicmno de Chile DEPARTAMENTO JURIDICO ra E17760 (2399) 2018 60 7 ORD.: A f o uy) MAT.: Atiende solicitud de empresa ZKTeco Chile S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia. ANT.: — 1) Instrucciones de 12.02.2019 de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Correo electrónico de 24.01.2019, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información. de | 3) Correo electrónico de 14.01.2019 de Sr, j Eduardo Durán Oliva, en representación de | empresa ZKTeco Chile S.p.A. Í 4) Correo electrónico de 09.11.2018 de Mi] Departamento Jurídico. N 5) Correo electrónico de 08.11.2018 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información. 6) Presentación de 26.10.2018, de Sr. Huan Lei, en representación de empresa ZKTeco Chile S.p.A. SANTIAGO, DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 20FEB 2019 A : SR. HUAN LE! EMPRESA ZKTECO CHILE S.P.A. AVENIDA SUECIA N*0155, OFICINA 904 e PROVIDENCIA /
Mediante presentación del antecedente 6), complementada a través de correo electrónico de antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “ZKTime.Web 2.0”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N91140/027, de 24.02.2016 y N*5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., Rut N*77.045.700-9, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 5), señalando las siguientes observaciones:
. 2
1-. Las evidencias presentadas no permiten verificar los mecanismos de redundancia de la plataforma.
2-. El informe de vulnerabilidades no contiene información del resultado del análisis.
Posteriormente, a través de correo electrónico de antecedente 3), la recurrente complementó su presentación, acompañando la información necesaria para corroborar la corrección de las observaciones realizadas, las que fueron admitidas por el Departamento de Tecnologías de la Información, según da cuenta el correo electrónico de antecedente 2).
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa ZKTeco Chile S.p.A., denominado “ZKTime.Web 2.0”, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N%1140/027, de 24.02.2016 y N*5849/133, de 04.12.2017, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las
_ relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.
Saluda a Ud., Y)
Y) / y Y Y Ps 4 TON GS LESIÓN, RN LS z .
ULA, FT FS TERRA
PAPI ARAS
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(IP agocaDo EA SS” JEFE DEPARTAMENTO JU O" Y DIRECCION DEL TRABAJO
MÍBA/RC
Distribución:
- Jurídico
- Partes
- Control
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 687, de 20 de febrero de 2019.
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