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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 691, de 20 de febrero de 2019

ORD. N°691 — ORD. N°691 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control

Sumario

ORD. N°691 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Atiende solicitud de empresa Meta4 Chile Limitada, sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

Texto del pronunciamiento

3% E Dirección del ] Trabajo | ¡Gobiemo de Ehribe E 9 1 DEPARTAMENTO JURIDICO, o- K10380 (2077) 2018

RD 222)

; ._ MAT.: Atiende solicitud de empresa Meta4 Chile Ltda ou [2 Limitada, sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Instrucciones de 07.02.2019, de Jefa

Unidad de Dictámenes e Informes en / Derecho. ñ ] 2) Instrucciones de 17.12.2018, de Jefa / Unidad de Dictámenes e Informes en a] Derecho. N 3) Presentación de 11.09.2018, de Sr. Pedro Lizana Greve, en representación de empresa Meta4 Chile Limitada. SANTIAGO, DE : JEF TA Í JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 2.0 FEB 2019 A : SR. PEDRO LIZANA GREVE META4 CHILE LIMITADA BUCAREST N*150 PROVIDENCIA /

Mediante presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “Módulo Gestión del Tiempo Avanzada (GTA)”, requiere de un proceso de certificación, en los términos indicados en los dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017,

De acuerdo a su presentación, el Módulo GTA importa marcaciones realizadas desde relojes externos al sistema, permitiendo la trazabilidad de las mismas, y formaría parte de la plataforma de gestión documental denominada Meta4 PeopleNet Cloud la cual, a su vez, se implementa en modalidad SaaS.

En tal contexto, es dable indicar que esta Dirección, mediante los dictámenes precitados, ha regulado las características jurídicas y técnicas exigibles a los sistemas informáticos de registro y control de asistencia electrónicos, para hacerlos asimilables a un reloj control, entre las cuales destacan medidas de seguridad y de publicidad de la información, para asegurar su integridad y el permanente acceso a ella por parte de los trabajadores y este Servicio.

2

Ahora bien, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la jurisprudencia administrativa indicada, los sistemas deben ser sometidos a un proceso de verificación previo, realizado por un tercero independiente del requirente cuyo informe, posteriormente es revisado por esta Dirección.

El procedimiento de revisión y análisis reseñado debe ser cumplido por todas las soluciones informáticas que se deseen utilizar para el control de la asistencia y las horas trabajadas.

Aclarado lo anterior, resulta necesario hacer presente que, si bien se consulta por un módulo que se adicionaría a la plataforma de gestión Meta4 PeopleNet Cloud, se trata de un software destinado al control de la asistencia y las horas trabajadas, por lo que le resultan aplicables las exigencias establecidas en los citados dictámenes N*%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.

pS Es todo cuanto puedo informar a usted respecto de la materia consultada.

Saluda a Ua.,

/ Ls ALÍ DEZS A. PSA A ZL AE EE JS y ER Si 5 7 / ¿DK ODDÓ BEAS S L£ "ABOGADO 0) “JEFE DEPARTAMENTO JU O DIRECCION DEL TRABAJO ES Distribución: - Jurídico - Partes - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 691, de 20 de febrero de 2019.

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