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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1775, de 13 de mayo de 2019

ORD. N°1775 — ORD. N°1775 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control

Sumario

ORD. N°1775 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Atiende solicitud de empresa RFLEX S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

Texto del pronunciamiento

lt imc adel ] Hablo Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, EN ml Innovación y Estudios Laborales 1 A 5 E383 (38) 2019 E383 (35) 2019 ORD.: e / J ¿i 0) MAT.: Atiende solicitud de empresa RFLEX S.p.A., cu sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia. ANT.: 1) Correo electrónico de 16.04.2019 de Sr. Héctor Díaz Leiva, en representación de empresa RFLEX S.p.A. 2) Correo electrónico de 16.04.2019 de Departamento Jurídico. 3) Correo electrónico de 05.04.2019 de Sr, Eduardo Durán Oliva, en representación de empresa RFLEX S.p.A. 4) Correo electrónico de 07.03.2019 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información. y 5) Correo electrónico de 06.02.2019 de Sr. / Héctor Díaz Leiva, en representación de empresa j RFLEX S.p.A. | 6) Correo electrónico de 06.02.2019 de Subjefe lu Departamento de Tecnologías de la Información. - 7) Correo electrónico de 25.01.2019 de Departamento Jurídico. 8) Presentaciones de 04.01.2019 de Sr. Eduardo Durán Oliva, en representación de empresa RFLEX S.p.A. SANTIAGO, DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL J 13 MAY 2019 A : SR. HÉCTOR DÍAZ LEIVA EMPRESA RFLEX S.P.A. AVENIDA MALMO N*459 OFICINA 42 LAS CONDES /

Mediante sus presentaciones de antecedente 8), complementadas a través de correos electrónicos de antecedente 1), 3) y 5), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “Rflex”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación emitido por é, empresa Segic Usach Ltda., Rut N*77.045.700-9, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.

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En tal contexto, cabe señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas de que se trata.

Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 6), señalando las siguientes observaciones:

a) No se adjuntan credenciales de acceso al portal de fiscalización.

b) No se indica el algoritmo de cálculo del HASH exigido en el dictamen N*5849/133 de 04.12.2017.

Posteriormente, a través de correo electrónico de antecedente 5), la recurrente complementó su presentación acompañando la información faltante, la que fue aprobada por el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, mediante correo electrónico de antecedente 4).

A continuación, mediante correo electrónico de antecedente 2), se le informó a la recurrente que, analizado el portal de fiscalización por parte del Departamento Jurídico de este Servicio, se pudo constatar que los reportes exigidos en el punto 1.7 del dictamen N*5849/133, no permitían ser exportados en los formatos requeridos por el mismo pronunciamiento, situación que fue corregida e informada a través de correo electrónico de antecedente 1).

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa RFLEX S.p.A., denominado “Rflex”, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N*%1140/027, de 24.02.2016 y N"5849/133, de 04.12.2017, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud., 7/8

> ¿ABOGADO IS[TEFE ¡Sl J DEPARTAMENTO JURÍDICO WiFISCAL"==" 7 h , ¿“DIRECCION DEL TRABAJO Wei. LS Ea Distribución: - Jurídico - Partes - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1775, de 13 de mayo de 2019.

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